Administrador Municipal
Felipe Fuentes Zumaran
Abogado
La Dirección de Administración Municipal depende directamente del Alcalde. Tiene a su cargo la supervigilancia de todas las unidades municipales y será el colaborador directo del alcalde en la coordinación y gestión municipal. Las siguientes son sus funciones generales:
- Colaborar directamente con el alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades, según las instrucciones generales impartidas por el alcalde;
- Colaborar directamente con el alcalde en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción;
- Ejercer las atribuciones delegadas por el alcalde.
FUNCIONES ESPECÍFICAS.
El Administrador Municipal tendrá las siguientes funciones específicas:
- Presidir, gestionar y convocar el Comité Técnico de Directores, el que deberá realizarse periódicamente;
- Ordenar e implementar las medidas necesarias para cumplir con las políticas, planes, programas y proyectos municipales;
- Analizar las instrucciones, reglamentos, manuales de organización y procedimiento y descripciones de cargos;
- Elaborar, proponer y programar en coordinación con otras unidades municipales, los gastos de inversión en la Municipalidad y los gastos de operación;
- Disponer de las primeras medidas en situaciones de emergencia al interior del Municipio y fuera de él, en coordinación con la Oficina de Protección Civil y la Dirección de Operaciones;
- Realizar el control de los planes y programas de fiscalización en materia de tránsito, obras, patentes comerciales, ley de alcoholes;
- En general, todas aquellas funciones que el Alcalde le delegue, en virtud del artículo 63 letra j) de la ley 18.695, previo decreto delegatorio publicado en el Diario Oficial; El Administrador Municipal depende directamente del Alcalde y tiene como objetivo colaborar en la Administración del Municipio, integrando y coordinando las distintas actividades internas desarrolladas por las unidades, en pos del mejoramiento permanente de la gestión municipal.